¿Hasta cuando se puede votar por correo este 2019?

Si el 10 de noviembre no estás en tu municipio para votar en las elecciones generales del 2019, debes saber que puedes ejercer el voto por correo.

Eso sí, debes tener en cuenta el plazo para solicitarlo y saber paso a paso qué hacer para que el voto por correo en las elecciones sea válido. Por eso, a continuación te contamos las fechas y el calendario para ejercer el derecho a votar por correo en las elecciones españolas.

¿Cómo votar por correo?

Se puede solicitar el voto por correo desde el 24 de septiembre, cuando se disuelven las Cortes españolas y se convocan de forma oficial las elecciones generales del 2019, y hasta el 8 de noviembre (inicialmente el plazo era hasta finales de octubre, pero se ha decidido ampliar).

Cómo solicitar el voto por correo

Antes del 3 de noviembre la persona debe recibir la documentación necesaria para votar. A partir de aquí, hay que enviar presencialmente el voto por correo antes del 6 de noviembre.

El envío del voto por correo es gratuito desde cualquier oficina de Correos.

A continuación encontrarás todos los pasos para ejercer el voto por correo.

Si el día de las elecciones serás en España, pero no en tu municipio, a partir del día 24 de septiembre, encontrarás un impreso de solicitud de voto por correo a todas las oficinas postales de Correos del estado, que se debe pedir de forma gratuita mostrando el DNI, el permiso de conducir, el pasaporte o la tarjeta de residencia de extranjero.

Recibirás por correo certificado la documentación para ejercer el voto por correo.

Hay que llenar el sobre de votación con la papeleta de votación y cerrarlo completamente. A partir de aquí hay que llevarlo a cualquier oficina postal dirigido a la mesa electoral con el certificado de inscripción en el censo electoral.

La oficina tramitará el envío como correo certificado y urgente gratis.

El 10 de Noviembre estaré fuera de España

Tienes dos opciones para ello.

Para residentes en el extranjero

Si el domicilio habitual es en España, pero no serás el 10 de noviembre, hay que darse de alta como no residente. Hay que rellenar el impreso de solicitud de voto por correo y enviarla a través de la oficina insular.

Una vez recibida la documentación, podrás llenarla y enviarla a través del consulado general para que llegue a la mesa electoral correspondiente a España para el día de las elecciones generales del 2019.

Para residentes temporalmente en el extranjero

Hay que estar dado de alta en el consulado del país, si no hay que hacerlo. Puede que aparezcas o no en el censo electoral, según la fecha de alta.

Para saberlo hay que consultar las listas en la oficina consolar tras la convocatoria de las elecciones generales. Durante este tiempo también es el periodo de reclamaciones.

Si apareces en el censo electoral, puedes realizar la solicitud de voto por correo con el formulario y recibir la documentación electoral a tu domicilio para votar por correo o para votar en la urna habilitada en tu país.

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